Cerca del 18% de los argentinos pasarán sus vacaciones fuera del país, y unos 2 millones cruzarán a Brasil para disfrutar de las playas del gigante sudamericano. Quienes crucen las fronteras en auto o en micro deberán contar con una serie de documentos indispensables para que el descanso empiece de la mejor manera.
Aquellos argentinos que viajen a países del Mercosur (Brasil, Bolivia, Paraguay, Uruguay y Venezuela) o alguno de sus estados asociados (Chile, Colombia, Ecuador y Perú) sólo necesitan llevar el DNI Digital (tarjeta o la libreta celeste) o el pasaporte. Para ingresar a otros países es necesario llevar pasaporte.
Quienes sean extranjeros pueden viajar a las naciones sudamericanas con el DNI Digital o el pasaporte de su país de origen, aunque el ministerio del Interior recomienda consultar a los consulados de los países que se pretende visitar.
Los extranjeros que ingresaron en alguna de las categorías migratorias (salvo “permanente”), y se hayan excedido en el plazo de permanencia autorizada en Argentina, tendrán que tramitar la Habilitación de Salida en cualquiera de las delegaciones o en las sedes administrativas habilitadas por la Dirección Nacional de Migraciones (DNM).
En caso de que se viaje con menores de 18 años, además del documento del niño o adolescente, según la DNM se necesita autorización de acuerdo a distintas consideraciones:
-Si el menor viaja con ambos padres bastará con que acrediten el vínculo mediante Libreta Civil de Familia o Partida de Nacimiento o Certificado de Nacimiento (sin importar la fecha de su emisión) o DNI del menor, en donde consten los datos filiatorios de los padres.
-Si lo hace sólo con uno de sus padres, además de demostrar la relación parental con alguno de los documentos antes citados, deberá acompañar la autorización del padre/madre ausente.
-Si es hijo de menores, necesitará la autorización de los padres y el permiso de uno de sus abuelos.
Todos estos documentos tendrán que ser presentados en sus originales, o copias legalizadas o certificadas. Si se trata documentos públicos o privados emitidos por una autoridad extranjera, los responsables deberán contar con la traducción, si no estuviera redactado en castellano, y legalizado o apostillado según corresponda.
Las autorizaciones necesarias para que un menor salga sin alguno de sus turores legales pueden ser emitidas por escribanos, cónsules argentinos en el exterior, jueces competentes, autoridades del Registro de Estado Civil yCapacidad de las Personas, agentes de la DNM, cónsules extranjeros en la Argentina y jueces de paz.
En Dirección Nacional de Migraciones se puede tramitar esa autorización, que tiene validez por un viaje y debe ser utilizada dentro de los 30 días de su emisión. El costo es de $600, y para tramitarla deben estar ambos padres presentes, tener sus documentos de identidad y un documento que acredite la filiación con el menor (Libreta Civil de Familia o Partida de Nacimiento o Certificado de Nacimiento).
La autorización se puede gestionar en el Aeropuerto de Ezeiza, Aeroparque, Puerto de Buenos Aires, Sede Central de Migraciones, en los pasos fronterizos, delegaciones y oficinas migratorias del país. En días no laborales o feriados, el trámite sólo se realiza en los pasos de salida del territorio, incluyendo el Aeropuerto Internacional de Ezeiza y Aeropuerto Jorge Newbery.
Para tener en cuenta, la DNM recuerda que “es imprescindible que los documentos estén en buen estado de conservación y tener en cuenta que las constancias de DNI en trámite no son válidas como documentos de viaje”.