La campaña se inicia treinta (30) días antes de la fecha de los comicios, según el artículo 31 de la Ley 26.571, mientras que el 24 de julio comenzará a visualizarse la publicidad electoral en Servicios de Comunicación Audiovisual, correspondiente a los espacios distribuidos el pasado día 7 por la Dirección Nacional Electoral.
Ambas campañas finalizarán 48 horas antes del inicio del acto eleccionario, es decir, el 11 de agosto a las 8:00 de la mañana.
Por otro lado, a partir del 29 de julio se iniciará la prohibición de publicidad de actos de gobierno, según lo establecido en el artículo 64 del Código Nacional Electoral.