La primera ministra británica, Theresa May, firma el artículo que activa las negociaciones para abandonar el bloque comunitario.
El artículo 50 del Tratado de la Unión Europea es el puntal en el que se apoyará desde este miércoles la primera ministra británica, Theresa May, para iniciar la salida del Reino Unido de la Unión Europea (UE), permite a un Estado miembro comunicar su retirada del bloque y obliga a ambas partes a negociar en no más de dos años un “acuerdo de salida”.
El artículo consta de cinco puntos.
En primer lugar, garantiza que “todo Estado miembro podrá decidir, de conformidad con sus normas constitucionales, retirarse de la Unión Europea”.
En segundo término, determina que si un estado decide salir de la UE, deberá comunicar su intención al Consejo Europeo. Éste, a su vez, intentará alcanzar con ese Estado un acuerdo sobre sus relaciones futuras con la Unión, previa aprobación del Parlamento Europeo.
El tercer punto señala que los tratados dejarán de aplicarse al Estado saliente a partir de la fecha de entrada en vigor del acuerdo de salida.
En el caso de no alcanzar un acuerdo al cumplirse los dos años de la notificación, el Consejo Europeo, junto a ese Estado, podrá decidir una prórroga.
A su vez, el cuarto y anteúltimo punto establece que mientras dure el período de negociación las leyes de la UE seguirán siendo aplicables al país saliente, en este caso el Reino Unido.
Esto significa que el Reino Unido seguirá siendo parte de la UE como siempre, pero no participará en las discusiones internas del Consejo Europeo en las decisiones sobre su propia salida.
Por último, el quinto punto del artículo indica que si el Estado miembro que se ha retirado de la Unión solicita de nuevo la adhesión, su solicitud se someterá al procedimiento establecido en el artículo 49, que regula el ingreso de los nuevos Estados solicitantes.
El tratado de Roma, punto de partida de la Unión Europea, fue firmado en Roma en 1957 por solo seis países: Francia, Bélgica, Luxemburgo, Italia, Países Bajos y Alemania.
Como rival, y con el Reino Unido como pivote, en 1960 se creó la Asociación Europea de Libre Cambio (AELC) o Acuerdo Europeo de Libre Comercio (también conocida por sus siglas en inglés EFTA – European Free Trade Association).
Este bloque comercial, que integraba ocho países, entre ellos las dos principales plazas financieras de Europa (el Reino Unido y Suiza), fue perdiendo importancia relativa a medida que sus miembros se unían a la UE o se desligaban de él.
Hoy, se reduce a cuatro países, Islandia, Noruega (que de todos modos tiene acuerdos con la UE), Suiza y Liechtenstein.
Pero ya en 1962 el Reino Unido intentó entrar a la entonces denominada Comunidad Económica Europea (CEE). Su pedido fue rechazado por Francia. En 1973, logró finalmente ingresar a la entonces aún CEE, que luego pasó a ser la UE.
Ahora, tras la activación del Artículo 50, durante un período de dos años el Reino Unido y los 27 miembros restantes de la UE, negociarán las condiciones del “divorcio” determinado por la voluntad soberana de los súbditos británicos expresada durante el referéndum del Brexit.
El Reino Unido intentará permanecer en el mercado de libre comercio, pero bajos ciertas condiciones como, por ejemplo, mantener el control del ingreso de extranjeros, algo que la Unión Europea ha dejado en claro que no es posible si no hay libre circulación de las personas que residen en los países miembros.
Se espera que este sea uno de los principales puntos a resolver apenas se active mañana el Artículo 50.
Entre las consecuencias de la salida del Reino Unido del bloque, según estimaciones del propio gobierno británico, se espera una contracción del PIB británico de entre el 3,6% y el 6%.
En tanto, la inflación del Reino Unido se disparó desde diciembre hasta su nivel más alto en dos años y medio, mientras que la libra esterlina sufrió una fuerte depreciación de más del 19% frente al dólar.