Limpiaba un baño, se salpicó el ojo con caca y quedó ciego

Un hombre en Mendoza perdió la visión del lado derecho al mancharse con materia fecal cuando destapaba un baño en la escuela donde trabaja. El sujeto será indemnizado con 50 mil pesos.

Foto Ilustrativa

Un hombre en Mendoza será indemnizado con 50 mil pesos luego de perder un ojo cuando limpiaba el baño de la escuela donde trabaja. El sujeto se salpicó con excremento y quedó ciego del lado derecho.

El hecho ocurrió en el año 2000, cuando el hombre destapaba uno de los inodoros de la escuela, según informó Diario Uno. La materia fecal ingresó en su ojo derecho y pese a que intentó lavarse con abundante agua, comenzó a notar un color rojizo. Al día siguiente empezó a tener dolores e hinchazón, por lo que inició un tratamiento oftalmológico donde le indicaron licencia por dos meses.

El trabajador tenía una infección producida por una bacteria llamada pseudomona. Todo terminó de la peor manera ya que el acontecimiento tuvo el triste desenlace de la pérdida del ojo del trabajador, por lo que realizó la denuncia pertinente ante la Asegurador de Riesgos del Trabajo (ART).

La compañía rechazó la cobertura ya que había pasado un tiempo injustificado entre el accidente y la notificación. Solamente brindó algunas de las prestaciones y le otorgó el alta médica el 29 de julio de 2011.

En noviembre de ese año, un médico detectó que el celador tenía una incapacidad laboral del 42 por ciento. El hombre presentó una denuncia laboral solicitando poco más de 45 mil pesos en concepto de indemnización, la cual fue tramitada en la Quinta Cámara del Trabajo.

Desde la ART negaron todos los hechos denunciados. Dos testigos declararon en el expediente y confirmaron el incidente que sufrió el celador. El peritaje médico laboral también ratificó la lesión definitiva en la córnea derecha que sufrió la víctima, lo cual le produjo ceguera total de ese ojo.

El juez laboral Antonio Sánchez hizo lugar a la demanda y condenó a la ART a pagar 54 mil pesos más intereses y costas al actor, lo que deberá cumplirse en cinco días a menos que la parte vencida apele la demanda.