Qué se puede incluir
Aportes de autónomos: en 20 cuotas – Mensualidad completa del Monotributo: en 20 cuotas – Aportes de los empleados en relación de dependencia: en 3 cuotas – Otras deudas impositivas y contribuciones patronales: en 6 cuotas –Deuda de ajustes de inspección: en 24 cuotas – Deuda general de contribuyentes que se encuentran ubicados en zonas de emergencia o desastre.
No se pueden incorporar
Retenciones y percepciones impositivas y previsionales – Anticipos de impuestos – Cuotas ART – IVA por importación de servicios – Deuda declarada en planes vigentes. No podrán incorporarse los ciudadanos denunciados penalmente.
Cuotas
Serán mensuales iguales y consecutivas: cuota mínima para autónomos y monotributo: $ 500 – Para las demás deudas: $ 1.000 – Sistema de amortización francés – Débito de las cuotas en cuenta bancaria – Información de caducidad por ventanilla electrónica – Sistema de alerta por SMS.
Financiación
La tasa de financiación se actualizará mensualmente, tomando como referencia la tasa nominal anual del Banco de la Nación Argentina para los plazos fijos a 180 días, publicada el día 20 de cada mes: más dos puntos para los que tuvieron ingresos anuales hasta $ 91.000.000; y más seis puntos para los que superaron los $ 91.000.000.
Beneficios
Levantamiento de suspensión en los registros especiales aduaneros – Obtención del certificado para contratar con el Estado y acceder a todos los beneficios que exigen tener buen cumplimiento.