Los monotributistas que deban cambiar de categoría tienen tiempo para hacerlo hasta hoy.
Los contribuyentes que en el último año calendario (entre el 1° de mayo de 2016 y el 30 de abril de 2017) hayan excedido los parámetros de facturación o de consumo energético correspondiente a su categoría deberán subir un escalón. También tienen la opción de bajar de categoría aquellos que cuadren con los límites de la instancia inferior.
En todos los caos, la recategorización regirá desde junio. El mes próximo, el contribuyente deberá pagar el impuesto corerspondiente a su nueva letra.
La AFIP presta atención a los movimientos de cuentas bancarias que superen a aquellos límites de facturación declarados y podría excluir de oficio a los contribuyentes que no tributen en su categoría correcta.
Si bien esta recategorización rige solo para quienes deben informar cambios, la próxima, en agosto/septiembre, será obligatoria. En esa instancia, todos los monotributistas deberán reafirmar o cambiar su categoría.
Además, todos los inscriptos en el monotributo deberán informar un domicilio fiscal electrónico antes del 30 de septiembre.
Y prestar atención a la obligatoriedad de entregar factura electrónica: desde el 1° de junio, las categorías F y G deberán trabajar con estos comprobantes online. Para las inferiores, es optativo