Extienden el plazo para que monotributistas realicen la recategorización

El plazo, que vencía ayer, se extendió hasta el 5 de octubre. El fisco calculó que 91 000 contribuyentes que debían hacer el trámite hasta ayer no lo efectuaron.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió por otras dos semanas, hasta el 5 de octubre, el plazo para la recategorización anual de monotributistas que vencía ayer.

La norma establecía que todos los contribuyentes inscritos en este régimen que debieran cambiar de categoría tenían plazo para hacerlo hasta anoche. Además, obligaba a los monotributistas de las categorías más altas, de la F a la K, a ratificar su inscripción.

AFIP informó que de acuerdo con los registros el universo obligado a presentarse hasta ayer era de unos 320 000 contribuyentes, de lo cuales unos 91 000 aún no había realizado el trámite.En consecuencia, la AFIP decidió extender hasta el 5 de octubre el plazo para la confirmación en las categorías F y K y la opción de modificación de categoría que abarca a todas.

El fisco también informó que, hasta ayer, 1 262 000 contribuyentes ya realizaron el trámite de recategorización anual, sobre un universo de 3 250 000 inscritos al régimen de monotributo.

Entre quienes efectuaron el trámite, unos 835 000 monotributistas confirmaron su condición y otros 426 000 cambiaron de categoría.

 

“Esto implica que muchos ya se adelantaron al trámite”, afirmó Sergio Rufail, subdirector General de Servicios al Contribuyentes de AFIP, según consignó DyN.

El cronograma obligatorio para la confirmación de categoría establece que los inscritos en los tramos D y E tienen plazo hasta el 20 de octubre, los de B y C hasta el 20 de noviembre y los de la A hasta el 20 de diciembre.

Luego de la fecha extendida del 5 de octubre la AFIP comenzará con un proceso mensual de recategorización de oficio de acuerdo con la información que posea sobre cada contribuyente.

Cuando el organismo detecte inconsistencias realizará el cambio e informará a través del domicilio fiscal electrónico.

A partir de ese momento el contribuyente tendrá 15 días para presentar su disconformidad.