El Ministerio de Producción y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) comunicaron el nuevo régimen para hacer compras online al exterior. La norma se publicaría mañana en el Boletín Oficial, indicaron en el Gobierno.
Según la información oficial, podrán hacerse compras ilimitadas por correo oficial (Correo Argentino) de hasta 200 dólares que no superen los 2 kilos de peso. Estos envíos contarán con una franquicia anual de 25 dólares sin impuestos. A partir de esa cifra, tributarán el 50 por ciento.
Los envíos por correo oficial que superen el monto o peso permitidos deberán retirarse en la sede central del Correo Argentino, donde funciona la Aduana.
Los libros y documentos podrán importarse a través del Correo sin necesidad de realizar ningún tipo de declaración.
Los correos privados quedaron excluidos de la normativa.
En el caso de los envíos por servicio de courier, el Gobierno permitirá hasta 5 envíos de 1000 dólares cada uno y hasta 50 kilos. También regirá la franquicia de 25 dólares anuales y el impuesto del 50% para el excedente.
“Es una medida que apunta a facilitar la vida cotidiana de los ciudadanos. Recordemos que algo tan sencillo como comprar un libro se había transformado en una verdadera odisea. Creemos que es lógico que en un mundo globalizado podamos recibir en nuestra casa algo que compramos a cualquier lugar del mundo y todo ello al tiempo que realizamos los controles aduaneros correspondientes”, dijo el titular de la AFIP, Alberto Abad.
“Las personas tienen la libertad de comprar en el mundo por un monto de dinero razonable, el Estado recauda casi la mitad de lo que se importa, se introduce competencia de manera muy medida y sostenida en el tiempo que favorece al consumidor y no descuida a la producción nacional”, consideró el secretario de Comercio, Miguel Braun.
El Gobierno eliminará el formulario 4550, que es el que hay que llenar hasta hoy para traer un envío desde el exterior (que luego hay que retirar en la Aduana).
Para traer el producto por correo, el ciudadano deberá ingresar en la web de AFIP el número de seguimiento del envío (tracking ID) que proporciona el Correo. Allí declarará el valor y la descripción del o los productos recibidos. Una vez que se valide ese registro, se generará en forma automática un Volante Electrónico de Pago (VEP), por los conceptos y valores que corresponda abonar. Para recibir el producto, habrá que pagar ese VEP.
Los envíos que se hagan a través de prestadores de servicios courier (DHL, FedEx y otros), la declaración ante la AFIP correrá por cuenta del courier, que también será “responsable tributario” ante la AFIP. En otras palabras, el envío será con impuestos incluidos y la empresa girará el monto al fisco.
Luego de recibir el envío, ya sea a través del Correo Oficial o del courier, habrá 30 días corridos para ingresar a la web de AFIP y confirmar la recepción. Esta confirmación permitirá realizar posteriores operaciones.
En ambos casos, no se podrá traer más de tres unidades del mismo producto por envío.
El tope de cinco operaciones es por persona, independientemente de cómo se realicen los envíos, aclararon en la AFIP. Es decir, podrán traerse tres paquetes por correo y dos por courier, por ejemplo, pero no cinco por correo y otros cinco por courier.