Amnistía fiscal: el proyecto de ley para saldar deudas con los jubilados ingresa hoy al Congreso

La norma permitirá ingresar al circuito legal patrimonios de personas físicas y jurídicas adquiridos antes del 31 de diciembre de 2015

El gobierno nacional enviará hoy al Congreso el proyecto de ley de amnistía fiscal, de cuya recaudación depende el financiamiento del plan para cancelar deudas judiciales con jubilados.

Además de temas fiscales internos, la iniciativa responde a normativas internacionales que promueven el intercambio de información fiscal entre más de un centenar de países a partir de 2018.

La norma permitirá ingresar al circuito legal patrimonios de personas físicas y jurídicas adquiridos previos al 31 de diciembre de 2015.

Para tal fin se podrá pagar un impuesto especial, suscribir bonos del Tesoro nacional por el monto declarado, y/o efectuar inversiones de largo plazo en el país.

En caso que se decida por el pago del impuesto, la alícuota dependerá del monto a declarar.

Si es inferior a los 305 mil pesos no se pagará nada; entre 305 mil pesos y 800 mil pesos se pagará el 5 por ciento y por montos superiores a 800 mil pesos se abonará el 10 por ciento.

Para los que ingresen al programa después del 1 de enero de 2017, la alícuota será del 15 por ciento.

El dinero a ingresar se tendrá que depositar en cuentas abiertas en entidades financieras autorizadas por el BCRA y serán estas instituciones las que deberán acreditar el origen y la legitimidad de los fondos de acuerdo a las normas de la UIF (Unidad de Información Financiera).

En caso de dinero que esté fuera del país deberá estar depositado en entidades financieras de territorios aceptados por el GAFI (Grupo de Acción Financiera Internacional) y adherentes a la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico).

EL PODER EJECUTIVO TENDRÁ LA POTESTAD DE PRORROGAR LA VIGENCIA DE LA LEY

Se excluye del programa a ex funcionarios que hubieran ejercido cargos entre el 1º de enero de 2006 y el 31 de diciembre de 2015.

Tampoco podrán acogerse empresas que hubieran sido contratistas del Estado ya sea a nivel nacional, provincial o municipal.

El texto que será enviado al Parlamento también admite la posibilidad de ingresar bienes que estén a nombres de cónyuges y/o hijos. El Poder Ejecutivo tendrá la potestad de prorrogar la vigencia de la ley.

Los detalles del proyecto

El director ejecutivo de la ANSES, Emilio Basavilbaso, aseguró que se avanzará en la derogación de la ley que prohíbe la venta de acciones que el organismo tiene en una veintena de empresas, si no se cuenta con el apoyo de los dos tercios de ambas cámaras legislativas.

Basavilbaso indicó que el proyecto que el Poder Ejecutivo enviará al Congreso establece que, a partir de la sanción de la ley, todos los que ingresen al sistema previsional cobrarán su jubilación “con los montos actualizados”.

La propuesta del Gobierno podría alcanzar a 2,5 millones de jubilados, distribuidos en tres grupos diferenciados: los que tienen sentencia judicial firme, los que iniciaron una demanda pero aún no tienen sentencia y los que no recurrieron al juicio.

En todos esos casos, para acceder al beneficio deberán renunciar a realizar demandas a través de un convenio con la ANSeS y homologado por la Justicia.

Los tres casos tendrán una actualización en sus haberes jubilatorios que oscila, según los casos, entre el 35 y el 51 por ciento, pero con un tratamiento diferente en lo que respecta a los haberes retroactivos.
Aquellos con sentencia firme cobrarán lo adeudado el 50 por ciento al contado y el resto en cuotas, a los que no tengan fallo judicial se les pagará con el mismo criterio pero solamente los últimos 48 meses, en tanto quienes no hayan iniciado juicio no tendrán derecho a retroactividad.

Basavilbaso indicó que el proyecto que el Poder Ejecutivo enviará al Congreso establece que, a partir de la sanción de la ley, todos los que ingresen al sistema previsional cobrarán su jubilación “con los montos actualizados”.

“Un jubilado de estos 2,5 millones cobra actualmente, en promedio, 10 mil pesos, y a partir de esta medida, pasa a cobrar 14.500. Es el 45 por ciento de aumento, que no es un capricho, sino que es hacer respetar una ley, lo que había establecido la Corte Suprema, y que no se cumplía desde hace más de 20 años”, señaló.

El costo fiscal de la medida es de unos 75 mil millones de pesos anuales por los ajustes de las jubilaciones, a los que deben sumarse una suma de 47.000 millones a 55.000 millones de pesos para el pago de los retroactivos y 1.946 millones por el cambio en el coeficiente para calcular las jubilaciones.

A esos recursos, la ANSeS debe agregar la pérdida de unos 21.000 millones de pesos por la devolución a las provincias y al Tesoro nacional de 3 puntos porcentuales de los 15 que percibía de la masa coparticipable.