Amnistía del Banco Central a 60.000 personas investigadas por delitos cambiarios durante el kirchnerismo

Son casos menores como aquellos que hicieron trampa para comprar dólares para turismo y nunca viajaron. Quedan excluidos los delitos de comercio exterior. Así buscan que el organismo se concentre en los casos graves

El Banco Central de la República Argentina (BCRA) modificó el criterio legal para la tramitación de sumarios cambiarios, lo que permitirá rehabilitar al 80% de las personas humanas o jurídicas que hoy son investigadas en materia penal cambiaria, en su mayoría por infracciones menores.

Según el Central, liberará de procesos sumariales a unas 60.000 personas que dejarán de ser acusadas por operaciones que hoy pasaron a ser plenamente legítimas.

El Directorio del BCRA instruyó a la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias (SEFyC) para que comience a aplicar el criterio jurídico de “retroactividad de la ley penal más benigna” en materia penal cambiaria.

La decisión está fundada en jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, plasmada en los fallos “Cristalux” y “Docuprint”, en los que el máximo tribunal determinó que las normas posteriores más benignas dictadas por la administración pública alcanzan a los tipos penales antes considerados en infracción por el régimen penal cambiario.

En base a esta decisión, cesarán las actuaciones sumariales o presumariales iniciadas por infracciones a restricciones cambiarias que ya no están en vigencia. Entre otras, se refieren a casos tales como comprar moneda extranjera para turismo sin demostrar el viaje, extraer dólares de un cajero del exterior por encima de lo entonces permitido, excederse en los límites del envío de remesas por ayuda familiar o mostrar inconsistencias en los códigos de validación.

Asimismo, dice el BCRA, el nuevo esquema permitirá orientar los recursos y el accionar de la SEFyC hacia la “investigación de infracciones cambiarias más graves y de montos más cuantiosos, a la vez que permitirá acelerar los tiempos procesales de esas investigaciones y abordar con mayor eficiencia los casos más recientes”.

“De este modo, dejarán de estar perseguidos por infracciones cambiarias el 80% de las CUIT que hoy están inhibidas de operar en el Mercado Único y Libre de Cambios (MULC)“, señala la entidad.

Este último cálculo no incluye a aquellos casos en los que la infracción investigada se relaciona con la normativa de comercio exterior, como las DJAI.

“A partir de la unificación del mercado cambiario establecida en diciembre pasado, el BCRA procura que el mercado cambiario funcione sin restricciones que impliquen un obstáculo para el desarrollo económico, a la vez que controla el estricto cumplimiento de la normativa vigente”, afirman.